Sistema de Autoprotección – Ley 5920 (CABA)
Cumplimiento de la Ley 5920 en la Ciudad de Buenos Aires
CotizarSistema de Autoprotección
Si sos responsable de la seguridad en un edificio, predio o establecimiento con afluencia de público en la Ciudad de Buenos Aires, tenés la obligación de contar con un Sistema de Autoprotección conforme a la Ley 5920.
Su objetivo es prevenir y gestionar emergencias, garantizando la seguridad de las personas y la continuidad operativa del establecimiento.
¿A quiénes aplica la ley 5920?
Aplica a establecimientos públicos y privados con concurrencia de personas: oficinas, escuelas, hospitales, comercios, centros culturales, eventos masivos y otros espacios de afluencia.
¿En qué consiste el Sistema de Autoprotección?
La Ley 5920 prevé un Registro de Profesionales habilitados para elaborar y validar los Sistemas de Autoprotección.
Contamos con ingenieros certificados y capacitados para desarrollar y presentar estos sistemas conforme a la normativa vigente.
- Relevamiento del establecimiento.
- Elaboración de informes y confección de planos.
- Determinación de roles y responsabilidades.
- Capacitación y entrenamiento del personal.
- Gestión y presentación en TAD (Trámites a Distancia).
- Simulaciones de comportamiento de humo y evacuación.
Documentación y declaración jurada
Cada establecimiento debe exhibir una Declaración Jurada verificada y aprobada por la autoridad competente, que respalda el cumplimiento del procedimiento.
Nuestro compromiso
Trabajamos junto a cada cliente para garantizar el cumplimiento normativo, mejorar la respuesta ante emergencias y fortalecer la cultura de autoprotección.
Nuestra experiencia y enfoque integral aseguran que tu establecimiento esté preparado para actuar de manera eficaz y segura.
Cómo trabajamos (metodología)
1) Relevamiento y diagnóstico
Visita técnica, identificación de riesgos y verificación de medios de protección existentes.
2) Diseño del Sistema de Autoprotección
Planos, documentación técnica y definición de roles, procedimientos y recursos para la respuesta a emergencias.
3) Capacitación y simulacros
Entrenamiento del personal, señalización y ejercicios de evacuación programados.
4) Presentación y seguimiento TAD
Carga del expediente, respuesta a observaciones y obtención de la aprobación correspondiente.
5) Mantenimiento y actualización
Plan anual de revisión, simulacros y actualización documental ante cambios en el uso, aforo o instalaciones.
Beneficios para tu organización
Cumplimiento de la Ley 5920 y normativa vinculada en CABA.
Mayor preparación ante emergencias y reducción de riesgos.
Capacitación del personal y roles claros para una respuesta eficaz.
Trazabilidad documental y exhibición de DDJJ aprobada.
Mejora de la experiencia de usuarios y reputación institucional.
¿Qué necesito para iniciar mi Sistema de Autoprotección?
Para iniciar el proceso, se requiere contar con información básica del establecimiento, responsables definidos y documentación disponible para avanzar con el relevamiento, la carga del expediente y la planificación de capacitaciones.
Nuestros especialistas acompañan a cada organización con experiencia técnica, criterio preventivo y seguimiento profesional.
Preguntas frecuentes sobre Sistema de Autoprotección (FAQ)
¿Cómo sé a qué grupo pertenezco?
La clasificación depende del tipo de actividad, aforo y características del establecimiento. Durante el relevamiento definimos el encuadre y los requisitos aplicables.
¿Qué debo hacer si pertenezco al Grupo 1?
Te acompañamos en la confección del Sistema de Autoprotección, capacitación y simulacros, y en la presentación TAD hasta su aprobación.
¿Cuánto demora la aprobación?
Depende de la complejidad del establecimiento y de las observaciones de la autoridad. Agilizamos el proceso presentando documentación completa y respondiendo con celeridad.
Nuestro equipo puede ayudarte a relevar el establecimiento, preparar la documentación, capacitar al personal y acompañar la presentación TAD hasta su aprobación.
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